La locura del alquiler llega a los pisos compartidos


El mercado del alquiler de casas ha experimentado una transformación y un crecimiento -sobre todo, por el lado de la demanda- que le ha situado en niveles que hasta hace pocos años parecerían inverosímiles. Un auténtico boom que está disparando las rentas y que también está ocasionando efectos colaterales en submercados como el arrendamiento de habitaciones.

"El fuerte repunte del precio de los alquileres está obligando a muchas personas a tener que decantarse por compartir una vivienda, especialmente en ciudades como Barcelona y Madrid, donde llevamos varios años registrando fuertes tensiones en las rentas y que ahora también se trasladan a los alquileres de los pisos compartidos", afirma Beatriz Toribio, responsable de Estudios del portal inmobiliario Fotocasa.

A falta de estadísticas oficiales, Fotocasa publica periódicamente la evolución del coste de la oferta de las habitaciones en alquiler. Según sus datos, el precio de arrendar un dormitorio en pisos compartidos en agosto creció un 17,7% respecto al mismo mes de 2016. En concreto, el coste medio nacional de este tipo de alojamiento ha pasado de 270 a 318 euros mensuales.

Este incremento se fundamenta, principalmente, en el aumento de la demanda. Mariano Kostelec, cofundador de Uniplaces, portal inmobiliario especializado en el alquiler para estudiantes, apunta que cada día hay más personas que buscan su alojamiento a través de plataformas digitales y habla de un crecimiento de la demanda de habitaciones en alquiler del 60% en lo que va de 2017. "En ciudades como Madrid, este porcentaje puede llegar al 73%", destaca.

En este punto, Toribio advierte, además, de que está cambiando el perfil de la persona que comparte piso. "Habitualmente se ha asociado con un estudiante universitario, pero cada vez son más los profesionales en puestos cualificados los que apuestan por esta fórmula ante la imposibilidad de pagar un alquiler de forma individual o porque prefieren destinar al ocio, formación u otras actividades lo que se ahorran por compartir una vivienda", añade.
Madrid y Barcelona, focos

El análisis de Fotocasa muestra un panorama alcista cuyo podio lo ocupan Madrid, con una subida de precios del 31,1%, Barcelona (28,7%) y Palma de Mallorca (28,7%). Respecto a las ciudades con los ajustes más pronunciados, destacan Cáceres (-22,1%), La Coruña (-10,2%) y Oviedo (-7,6%).

En cuanto a los precios absolutos medios, Barcelona es, de largo, la ciudad más cara, con un coste medio de 478 euros mensuales. Madrid ocupa la segunda posición (417) y Alcobendas (346), Palma de Mallorca (345), Bilbao (342) y Hospitalet de Llobregat (314) se sitúan por encima del listón de los 300 euros mensuales.

A la vista de las ciudades que aparecen en el listado de Fotocasa, resulta evidente que el mercado del alquiler de habitaciones está muy influenciado por la presencia de universidades, pero el sector no depende única y exclusivamente de los estudiantes. "El incremento de los precios del alquiler y las dificultades para acceder al mercado de compra de vivienda hacen que muchos jóvenes profesionales opten también por esta opción, siendo una alternativa muy demandada también entre los trabajadores de hasta 35 años", corrobora Kostelec.

Además, el cofundador de Uniplaces destaca la edad como un factor clave en la tipología y coste del inmueble elegido. "Los estudiantes y jóvenes profesionales de hasta 27 años tienden a buscar habitaciones en zonas bien comunicadas con su centro de estudio o trabajo y tienen un presupuesto de entre 300 y 450 euros. Por otro lado, el perfil profesional, con un puesto de trabajo más estable, cuenta con un mayor presupuesto para alquilar una habitación (entre 400 y 600 euros) y valora mucho más la localización céntrica y que el dormitorio sea doble y espacioso", apunta.
Legislación

Desde el punto de vista legal, el contrato de alquiler de habitaciones difiere del de arrendamiento de un piso completo. Una de sus diferencias más significativas es que estos contratos no desgravan. "La Agencia Estatal de la Administración Tributaria no admite que el arrendatario de una habitación se practique deducciones en el IRPF porque las mismas están previstas en el arrendamiento de una vivienda, no de una habitación. Por el contrario, el propietario sí debe declarar el ingreso en su IRPF como un rendimiento de capital inmobiliario", explica Sergio Lusilla, socio director de Pluslegal Abogados.

En este sentido, la increíble germinación de este tipo de arrendamientos también está generando conductas sancionables. El subarrendamiento de habitaciones es una práctica cada vez más frecuente y que puede ser ilegal si no se cuenta con el consentimiento expreso y por escrito del casero. "La sanción en caso de incumplimiento es que el propietario tiene derecho a resolver el contrato de arrendamiento (art. 27.2.c LAU) así como al desalojo de los ocupantes y reclamar los daños y perjuicios que le hayan sido ocasionados", especifica Lusilla.

 
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